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SEMPSPGS denuncia que la Ley de Cuerpos y Escalas aprobada por el Parlamento Vasco supone la absorción de los Técnicos de Epidemiología por los de Higiene Alimentaria y Sanidad Ambiental

Los médicos especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública señalan que la Ley aprobada por el Parlamento Vasco supone un paso más en la desprofesionalización de los epidemiólogos que prestan servicio en la Administración General de Euskadi.

Desde la Junta Directiva de la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública y Gestión Sanitaria (SEMPSPGS) denuncian que “la vigilancia epidemiológica como el control de brotes y situaciones de emergencia sanitaria, el desarrollo de programas de investigación en salud pública, en instituciones públicas o privadas, y la elaboración de sistemas de información e indicadores es una competencia de la especialidad de los especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública según la Orden /1980/2005 que en el País Vasco nunca se ha exigido para trabajar en el Cuerpo Facultativo Superior: Escala Epidemiología.”

“Pero con este proyecto –insisten- no es que no se exija, ni se puntúe tener la especialidad, es que se confunden las funciones que hacen los epidemiólogos con las que hacen los técnicos de higiene alimentaria y sanidad ambiental.”

En este sentido, el presidente de la SEMPSPGS, Rafael Ortí, señala que “es verdad que la Salud Pública exige un abordaje multiprofesional, pero un licenciado en Química no puede prescribir la profilaxis o hacer el estudio de brote de tuberculosis en un colegio, ni un médico inspeccionar mataderos. Son funciones distintas las que hacen los Técnicos de Salud Pública con las inspecciones alimentarias y ambientales, de las que se hacen en vigilancia epidemiológica”.

 

Desde la SEMPSPGS recuerdan que aunque algunas CCAA no exigen la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública para trabajar de epidemiólogo en la Administración, el País Vasco ya era la única que tenía este cuerpo abierto a profesionales no sanitarios y que desde el año 2000 no convocaba ofertas públicas de empleo. “¿Qué sentido tiene que Euskadi invierta 98.000€ en formar cada MIR durante 4 años si su trabajo puede ser desarrollado por profesionales sin formación o si acaba destinado en la inspección de empresas cárnicas o mataderos?” se preguntan desde la SEMPSPGS.

Actualmente la Dirección de Salud Pública del Gobierno Vasco dispone de 116 técnicos de Salud Pública y 20 técnicos de Vigilancia Epidemiológica en su RPT. Dos de los tres territorios históricos carecen de médicos en su Unidades de Vigilancia Epidemiológica, a diferencia de Navarra donde existen puestos de médicos especialistas en el Instituto Navarro de Salud Pública y Salud Laboral.

“No se puede seleccionar con el mismo examen y sin exigir ninguna formación a los inspectores de salud pública y a los técnicos de epidemiología, ni pueden pasar los unos a hacer las funciones de los otros al tratarse de funciones diferenciadas que requieren de formación específica en la materia” explica Inmaculada Salcedo, vicepresidenta de la SEMPSPGS y presidenta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.

Es por ello que desde la SEMPSPGS solicitan la reversión de la fusión de las dos escalas a través de la futura Ley de Salud Pública de Euskadi y la creación vía decreto de las especialidades recogidas en dicha, donde se describan las funciones y se exija de requisito la especialidad de medicina preventiva y salud pública el acceso.

Los médicos especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública señalan que la Ley aprobada por el Parlamento Vasco supone un paso más en la desprofesionalización de los epidemiólogos que prestan servicio en la Administración General de Euskadi.

Desde la Junta Directiva de la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública y Gestión Sanitaria (SEMPSPGS) denuncian que “la vigilancia epidemiológica como el control de brotes y situaciones de emergencia sanitaria, el desarrollo de programas de investigación en salud pública, en instituciones públicas o privadas, y la elaboración de sistemas de información e indicadores es una competencia de la especialidad de los especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública según la Orden /1980/2005 que en el País Vasco nunca se ha exigido para trabajar en el Cuerpo Facultativo Superior: Escala Epidemiología.”

“Pero con este proyecto –insisten- no es que no se exija, ni se puntúe tener la especialidad, es que se confunden las funciones que hacen los epidemiólogos con las que hacen los técnicos de higiene alimentaria y sanidad ambiental.”

En este sentido, el presidente de la SEMPSPGS, Rafael Ortí, señala que “es verdad que la Salud Pública exige un abordaje multiprofesional, pero un licenciado en Química no puede prescribir la profilaxis o hacer el estudio de brote de tuberculosis en un colegio, ni un médico inspeccionar mataderos. Son funciones distintas las que hacen los Técnicos de Salud Pública con las inspecciones alimentarias y ambientales, de las que se hacen en vigilancia epidemiológica”.

 

Desde la SEMPSPGS recuerdan que aunque algunas CCAA no exigen la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública para trabajar de epidemiólogo en la Administración, el País Vasco ya era la única que tenía este cuerpo abierto a profesionales no sanitarios y que desde el año 2000 no convocaba ofertas públicas de empleo. “¿Qué sentido tiene que Euskadi invierta 98.000€ en formar cada MIR durante 4 años si su trabajo puede ser desarrollado por profesionales sin formación o si acaba destinado en la inspección de empresas cárnicas o mataderos?” se preguntan desde la SEMPSPGS.

Actualmente la Dirección de Salud Pública del Gobierno Vasco dispone de 116 técnicos de Salud Pública y 20 técnicos de Vigilancia Epidemiológica en su RPT. Dos de los tres territorios históricos carecen de médicos en su Unidades de Vigilancia Epidemiológica, a diferencia de Navarra donde existen puestos de médicos especialistas en el Instituto Navarro de Salud Pública y Salud Laboral.

“No se puede seleccionar con el mismo examen y sin exigir ninguna formación a los inspectores de salud pública y a los técnicos de epidemiología, ni pueden pasar los unos a hacer las funciones de los otros al tratarse de funciones diferenciadas que requieren de formación específica en la materia” explica Inmaculada Salcedo, vicepresidenta de la SEMPSPGS y presidenta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.

Es por ello que desde la SEMPSPGS solicitan la reversión de la fusión de las dos escalas a través de la futura Ley de Salud Pública de Euskadi y la creación vía decreto de las especialidades recogidas en dicha, donde se describan las funciones y se exija de requisito la especialidad de medicina preventiva y salud pública el acceso.

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